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lunes, 20 de abril de 2009

Motu Proprio de Su Santidad Alejandro IX Adversus Hereses



A todos los Cardenales, Patriarcas, Obispos, Sacerdotes y demás prelados, así como a todos los fieles de la Santa Iglesia


Contra los herejes todas las armas fueron dadas por Dios a la Iglesia a fin de preservar sin alteración alguna el depósito de la Fe, que es la Tradición. Viendo y considerando que, tras la convocatoria del Concilio de Moreno, estando gravemente enfermo nuestro venerable predecesor León XIV de feliz memoria, ciertos obispos trataron de malograr la dicha reunión conciliar, y estando ausentes varios obispos y demás prelados responsables, votaron documentos que tenían por objeto alterar gravemente la Fe Católica, Nos, Alejandro IX ordenamos y declaramos lo que sigue:
1. Que el Concilio de Moreno no sea contado como Ecuménico, ni ninguno de sus documentos u actas sea publicado.
2. Todos los cánones del dicho Concilio, en la medida que fueron aprobados por supuestos delegados, quedan sin efectos por este motu proprio.
3. Cualquier Constitución o decreto que lleve la firma de Su Santidad León XIV de muy feliz memoria y que aclarara que dicha medida se daba ad experimentum queda derogada con la publicación de este motu proprio.
4. Cualquier conclusion, cualquier resolución o cualquier cargo en la Iglesia que sea reclamado en base a los dictámenes del Concilio de Moreno queda suspendido hasta que sea confirmada por nuestra pluma.
4. Nadie, bajo pena de suspensión a divinis puede actuar en virtud de lo dispuesto en la dicha reunión conciliar, salvo que Nos lo autoricemos de forma especial y particular.
5. Si quien actuara de cualquier manera contra nuestra voluntad, apelando al Concilio de Moreno, fuese un obispo, un cardenal o patriarca, la pena será la de excomunión muy reservada a la Santa Sede.

S.S. ALEXANDER IX PP.
En Villa María, Buenos Aires
20 de abril del año MMIX de Nuestro Señor Jesucristo
I de nuestro Priontificado

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