A todos los Cardenales, Patriarcas,
Obispos, Sacerdotes y demás prelados, así como a todos los fieles de la
Santa Iglesia
Contra los
herejes todas las armas fueron dadas por Dios a la Iglesia a fin
de preservar sin alteración alguna el depósito de la Fe, que es la
Tradición. Viendo y considerando que, tras la convocatoria del Concilio
de Moreno, estando gravemente enfermo nuestro venerable predecesor León
XIV de feliz memoria, ciertos obispos trataron de malograr la dicha
reunión conciliar, y estando ausentes varios obispos y demás prelados
responsables, votaron documentos que tenían por objeto alterar gravemente la Fe Católica,
Nos, Alejandro IX ordenamos y declaramos lo que sigue:
1.
Que el Concilio de Moreno no sea contado como Ecuménico, ni ninguno de
sus documentos u actas sea publicado.
2.
Todos los cánones del dicho Concilio, en la medida que fueron aprobados
por supuestos delegados, quedan sin efectos por este motu proprio.
3.
Cualquier Constitución o decreto que lleve la firma de Su Santidad León
XIV de muy feliz memoria y que aclarara que dicha medida se daba ad
experimentum queda derogada con la publicación de este motu
proprio.
4.
Cualquier conclusion, cualquier resolución o cualquier cargo en la
Iglesia que sea reclamado en base a los dictámenes del Concilio de Moreno
queda suspendido hasta que sea confirmada por nuestra pluma.
4.
Nadie, bajo pena de suspensión a divinis puede actuar en virtud de lo
dispuesto en la dicha reunión conciliar, salvo que Nos lo autoricemos de
forma especial y particular.
5.
Si quien actuara de cualquier manera contra nuestra voluntad, apelando al
Concilio de Moreno, fuese un obispo, un cardenal o patriarca, la pena
será la de excomunión muy reservada a la Santa Sede.
S.S. ALEXANDER
IX PP.
En
Villa María, Buenos Aires
20
de abril del año MMIX de Nuestro Señor Jesucristo
I
de nuestro Priontificado

No hay comentarios:
Publicar un comentario