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lunes, 2 de abril de 2007

Carta encíclica Scelesta turba - León XIV



Carta Encíclica

SCELESTA TURBA

De nuestro Santísimo Señor
León XIV
Siervo de los Siervos de Dios,
por la Divina Providencia
a los Patriarcas, Primados, Cardenales, Arzobispos, Obispos

y otros ordinarios en Paz y comunión con la Sede Apostól= ica.



    La multitud criminal no dejó de pedir que sobre sus cabezas y la de sus hijos cayera la Sangre del Cordero de Dios[1][1]= y de esta manera, demostraron como rechazaban la Fe del Dios Vivo, del Único y Eterno= Dios que vive y Reina, en la unidad del Espíritu Santo per saecula saeculorum. Bien dice la introducción que el Discípulo Am= ado escribe en su Evangelio que El Señor vino a los suyos y que estos le rechazaron[1][2]= y lo condenaron a morir en la cruz[1][3]= ; hoy en día, queridos hermanos nos vemos en la obligación de escribiros con motivo a un acontecimiento que nos ha llenado de dolor y que causa escándalo a los fieles de la Iglesia de Dios, que es esta, la Santa Iglesia Católica.
¡Ay de aquellos = que provocan los escándalos! ¡Ay de sus almas! Deberían de = no haber nacido[1][4]= porque solo conducen almas al infierno y las alejan de la Salvación.
Ya hemos escrito con anterioridad[1][5]= acerca del mal que había tratado de causal el Padre Sebastián Fernández y cuan peligroso era el cisma que trató de organiza= r. Sus pretextos eran increíbles: acusó a Nos de cargar a los fi= eles y a los sacerdotes con penas durísimas, con prohibiciones no evangélicas, de reclamar lo superfluo y no mirar lo humilde y lo sencillo: ¿qué tiene de superfluo exigirle a los fieles el que rechacen las herejías? ¿Qué tiene de antievangé= lico recordar a los fieles los dogmas e fe? ¿Qué tiene (nos preguntamos indignados) de anticristiano el exigir a todos los catól= icos siquiera un rosario por semana?
Además de esto,= el dicho sacerdote comenzó a promover, como indicamos el modernismo, el liberalismo y el relativismo. Su objetivo era claro: hacer del Remanente de= la Iglesia una secta modernista más, a la imagen y semejanza de tantas que pululan, comenzando por la Roma actual.
Lejos de someterse a n= uestro juicio, el Padre Sebastián Fernández decidió crear su propia orden religiosa, sin permiso de ningún obispo y para mayor escándalo de las mentes y los espíritus, tomó el nombr= e de la Orden de la que fue expulsado y de la que Nos somos Superior General. Así es como estos días hemos oído acerca de la “Orden Reformada de Nuestra Señora de la Compasión” que agrupa a un grupo de laicos (= que se dicen terciarios) liderados por un único sacerdote, el Padre Sebastián Fernández, que oficia la Misa en Latín según las preces de Juan XXIII y que, el pasado día 28 de mar= zo, por las cartas e informes que nos llegaron celebró con el Novus O= rdo, violando el Juramento que prestó el día de su ordenació= ;n sacerdotal.
Pero= mucho más dolor causa el hecho de que, además del cisma que inició y su natural base herética, haya dedicándose a blasfemar contra el Vicario de Cristo y la Santa Iglesia Católica Remanente.
También en Aust= ralia, el señor Jeremy Fork, ex-seminarista expulsado por querer “acelerar su ordenación” acabó por recibir las ordenes mayores, incluso el episcopado de un Obispo Veterocatólico y= se auto proclamó “Arzobispo Primado” para todo el mundo de = la “Iglesia Remanente Libre y Autocéfala”. Esta versi&oacut= e;n propia de la San= ta Iglesia es una parodia, como todas las obras del Demonio. Ahí no vemos piedad, sino falsa modestia, no vemos devoción, = sino ambicione de todo tipo, incluso las carnales.
Os recuerdo hijos que tengáis cuidado con los falsos pastores que no son más que lo= bos rapaces[1][6]= , servidores de Satanás y que luchan por la perdición de las al= mas.
Animados por el celo de defender la Fe católica, consideramos que es menester realizar esta declaraci&oacut= e;n publica que adquiere un valor paradigmático y que debe servir de reg= las para ahora y siempre que por nuestra potestad, e invocando la asistencia del Espíritu Santo que fue prometida ad perpetuam para el Romano Pontífice, tal como se definió en el Concilio Vaticano[1][7]= , declaramos que, tras ponderar la seriedad de estas acciones criminales y erróneas, con la asistencia del Santo Oficio de la Inquisición y de los expertos inquisidores, comenzando por el Cardenal Alejandro de la Compasión, establecemos y decretamos lo siguiente:
 Primero: Los obi= spos que han sido ordenados por otros obispos sin mandato de Nos, Papa, Vicario = de Cristo, Dulce Cristo en la Tierra, Siervo de los Siervos de Dios, León XIV, y= por nuestros sucesores legítimos, salvo en caso de extrema necesidad y urgencia, comprensible y entendible por la situación que actualmente estamos viviendo, y haciéndolo porque así lo exige el bien y = la ventura de Esta Santa Iglesia Remanente, la cual es Una y Santa, deben saber que incurren, por el mismo hecho de la ordenación ipso facto = en excomunión, que solamente puede ser levantada por Nos, tal como fue indicado en el Decreto del Santo Oficio del 9 de abril de 1951[1][8]= .
 Segundo: Los sacerdotes ordenados de forma ilícita quedan suspendidos a divini= s.
 Tercero: El Santo Oficio, estudiando el comportamiento errático de los dos sacerdote su claro sentido cismático, y que ambos no buscaban más que las ordenes sagradas y que para conseguirlas no dudaron en recurrir en la simonía tal como fue el caso de Jeremy Fork, Nos, por nuestra Sant&i= acute;sima Autoridad declaramos que estas ordenaciones, y cualquiera que de ellas se deriven serán consideradas nulas, irritas, vanas, perjuras, insufici= ente y carentes de cualquier legitimidad, por lo que se considera a cualquiera de los afectados, cismáticos y herejes, pero a los efectos reales y jurídicos serán considerados según el estado que cada = uno tenía previamente.
 
Dado en la Ciudad de Luján,
A los dos días del mes de Abril, del A&nt= ilde;o de Nuestro Señor Jesucristo 2007.
León XIV.
Siervo= de los Siervos de Dios.



[1][1]= Mt 27, 25.
[1][2]= Jn 1, 11.
[1][3]= Act 2:23.
[1][4]= Mt 18, 6-7
[1][5]= Bula “Pernicioso escándalo”.
[1][6]= Mt 7, 15.
[1][7]= Sesión IV, Contitución Dogmática sobre la Iglesia de Cristo.=
[1][8]= AAS, XLIII, 1951, p., 217 ff.

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