DECRETUM DE SU SANTIDAD ALEJANDRO IX
CONTRA EL USO DE LOS MISALES ILÍCITOS
A TODOS LOS PATRIARCAS, ARZOBISPOS, OBISPOS Y SACERDOTES EN PAZ
Y COMUNIÓN CON LA SANTA SEDE EN EL EXILIO
Ha
llegado a nuestros oídos que entre vosotros subsiste aún la costumbre de
utilizar ciertos calendarios y libros litúrgicos diferentes al que Nos
hemos aprobado y promulgado para el uso en la Santa Iglesia. Dichos libros
y calendarios contienen fiestas que Nos hemos eliminado o trasladado,
fiestas que fueron suprimidas en tiempos antiguos o que, en el peor de los
casos no las tenían por haber sido elaborados por herejes públicos y
notorios. Y en algunos calendarios, d hecho, varios herejes públicos y
notorios figuran y son recordados porque algunos de vosotros derivan de
ellos sus linajes episcopales.
Es por ello que, revestidos de la Santa Autoridad que nos fue entregada por Cristo, y en virtud de los poderes que poseemos, ordenamos que no exista en la Santa Iglesia Católica, para el rito Latino, más calendario que aquel que fuera aprobado en época de San Pío X, que Nos, Alejandro IX, Siervo de los Siervos de Dios hemos restaurado y aprobado. Ordenamos de la misma manera que no se utilice ningún misal que no sea el de la edición de San Pío X bajo pena gravísima de excomunión. Derogamos por estas letras cualquier otro calendario, especialmente aquellos que figuran bajo el nombre de “Calendario de los Viejo-Católicos” o “Calendario de la Iglesia Brasileña”, o cualquier amalgama de ellos. También, ordenamos que el Calendario Litúrgico aprobado por Nuestro Amado predecesor sea derogado y deje de utilizarse allí donde aún hoy lo es.
Con
mi bendición Apostólica
S.S. ALEXANDER
IX PP.
En
Villa María, Buenos Aires
12
de noviembre del año MMIX de Nuestro Señor Jesucristo
I
de nuestro Priontificado
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